Conoce las bases del concurso interno que está realizando el Desam para ingresar en calidad de contrato indefinido a profesionales del área de salud.
De acuerdo a lo establecido al artículo único de la Ley 21.308, y especialmente lo dispuesto en el Art. 40 del D.S. N°5 del 2021, del MINSAL, que dispone la Facultad delegada al Director del Departamento de Salud Municipal de Cabildo, para llamar a concurso interno, y proveer los cargos necesarios de la dotación de esta entidad administradora, con la finalidad de cumplir con el guarismo 80/20, establecido en el artículo 14 de la ley 19.378, se informa el llamado a Concurso Interno para ingresar en calidad de contrato indefinido a la Dotación del Departamento de Salud Municipal, en el siguiente tenor.
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1. IDENTIFICACIÓN DE LAS VACANTES:
Se llama a concurso interno para proveer los siguientes cargos:
N° Cargos ESTAMENTO CATEGORÍA HORAS
1 MEDICO A 44
1 CONTADOR AUDITOR B 44
1 TRABAJADOR SOCIAL B 44
1 SICÓLOGO B 44
1 ENFERMERA B 44
1 NUTRICIONISTA B 24
2 TENS ENFERMERIA C 88
2 ADMINISTRA11VO D 76.5
TOTAL CARGOS:
DE 44 HORAS: 8 CARGOS
DE 24 HORAS: 1 CARGO
DE 32.5 HORAS: 1 CARGO
2. RECEPCIÓN DE ANTECEDENTES:
La recepción de antecedentes se realizará mediante entrega en sobre cerrado de los antecedentes solicitados o vía digital al correo rn.Iazcanomunicipiocabildo.cl. La recepción de los sobres de postulación se llevará a cabo en el Departamento de Salud Municipal Cabildo, ubicado en calle Lautaro 132 Cabildo, desde el 25 de octubre al 9 de noviembre de 2021, ambas fechas inclusive, en el horario de 09:00 a las 16:00 horas, en días hábiles, de lunes a viernes. La postulación y sus antecedentes deberán indicar en el sobre cerrado, nombre y apellidos del postulante y cargo al que postula.
3. PUBLICIDAD DE LAS BASES CONCURSO INTERNO:
Estas bases, serán publicadas en un periódico con mayor circulación en la comuna y mediante avisos fijados en los Establecimientos de Salud Municipal. Además, estas bases también podrán ser descargadas de la página web www.municipiocabildo.cl
4. REQUISITOS PARA POSTULAR AL CONCURSO INTERNO:
b) Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere procedente.
c) Tener una salud compatible con el desempeño del cargo, tanto en el ámbito físico como mental.
d) Cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 6 y 7 de la Ley 19.378 sobre Atención Primaria de salud Municipal. Es decir para ser clasificado en las categorías señaladas en las letras a) y b), se requerirá estar en posesión de un título profesional de una carrera de a lo menos ocho semestres de duración. Para ser clasificado en la categoría señalada en la letra c), se requerirá un título técnico de nivel superior de aquellos a que se refiere el artículo 31 de la ley N2 18.962. Para ser clasificado en la categoría señalada en la letra d), se requerirá licencia de enseñanza media y haber realizado, a lo menos, un curso de auxiliar paramédico de 1.500 horas, debidamente acreditado ante el Ministerio de Salud.
e) No estar inhabilitado o suspendido en el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o sometido a proceso por resolución ejecutoriada por crimen o simple delito.
f) No haber cesado en algún cargo público por calificación deficiente o medida disciplinaria, aplicada en conformidad a las normas de la ley N2 18..834, Estatuto Administrativo, a menos que hayan transcurrido cinco o más años desde el termino de los servicios.
En caso de que así lo estime pertinente la Comisión de este Concurso Interno, podrá verificarse el cumplimiento de estos requisitos hasta antes de aceptado el nombramiento. En caso de no cumplirse con alguno de los requisitos establecidos en el Art. 13 de la Ley N° 19.378, el Departamento de Salud Municipal declarará desierto el cargo referido, lo que constará en un acto administrativo que así lo declare.
4.2 Requisitos específicos:
a. Estar contratado a plazo fijo en el Departamento de Salud Municipal.
b. Haber trabajado para el Departamento de Salud Municipal de Cabildo a lo menos tres años, continuos o discontinuos, en modalidad de plazo fijo. Para efectos de este requisito, también podrán sumarse los años en que el/la funcionario/a haya prestado servicios en calidad de honorarios para esta entidad, sujeto a una jornada de trabajo de treinta y tres o más horas semanales.
Los mencionados requisitos son copulativos, y para el cálculo de los años de servicio, se estará a lo dispuesto en el D.S. N5 del 2021 del MINSAL, es decir, solo se suma el tiempo trabajado ante el Departamento de Salud Municipal de Cabildo. De esta forma no se suman periodos de trabajo realizados en otras comunas para efectos del actual proceso.
5. ANTECEDENTES PARA POSTULAR.
De acuerdo a lo dispuesto en el D.S. N°5 del 2021 del MINSAL, los postulantes deberán presentar los siguientes documentos:
1. Certificado de experiencia.
2. Certificado de capacitación.
3. Certificado de calificaciones.
Los sobres se mantendrán cerrados hasta el momento en que la Comisión del Concurso Interno se constituya.
6. DE LA COMISIÓN DEL CONCURSO INTERNO
La Comisión de este Concurso Interno estará integrada por las siguientes personas:
a) El Director del Departamento de Salud Municipal o su representante.
b) Un Concejal
c) Un miembro de la asociación de funcionarios que tenga mayor representación en la comuna, solo con derecho a voz.
d) Un representante del Director del Servicio de Salud Viña Del Mar Quillota, como ministro de fe, y encargado de elaborar las actas de la Comisión.
La comisión deberá levantar un acta de cada sesión, en la que se dejará constancia de los miembros que participaron en ésta, la forma en que ésta se realizó y de las actuaciones y acuerdos adoptados, la que deberá ser suscrita por todos sus integrantes presentes. Dicha acta será elaborada por el representante del Director del Servicio de Salud, en su calidad de Ministro de Fe.
7. CIERRE DE LAS POSTULACIONES Y ETAPA DE ADMISIBILIDAD.
Vencido el plazo de presentación de las postulaciones, la comisión realizará un examen de admisibilidad formal, dentro del plazo estipulado en el artículo 6 del presente reglamento, y rechazará aquellas postulaciones que no cumplan con los requisitos exigidos. Además, verificará la autenticidad de los documentos acompañados a cada postulación.
Al término de esta etapa de admisibilidad, la comisión elaborará un listado con las postulaciones declaradas admisibles y se iniciará la etapa de evaluación. Además, deberá dejar constancia de cualquier situación relevante relativa al concurso y dispondrá la notificación por correo electrónico de los postulantes cuya postulación hubiere sido considerada como inadmisible, indicando la causa de ello.
8. DE LA EVALUACIÓN
Los/las funcionarios/as que cumplan los requisitos y cuyas postulaciones hayan sido declaradas admisibles, podrán acceder a la fase de evaluación.
La evaluación de las postulaciones sólo podrá considerar como factores de evaluación la calificación de los postulantes, su experiencia y capacitación.
Para efectos de asignar puntaje al Factor Experiencia, se considerará el número de años, meses y días servidos en para el Departamento de Salud Municipal de Cabildo. El puntaje por cada año completo corresponderá a 200 puntos; cada mes completo corresponderá a 16.6 puntos y cada día corresponderá a 0.55 puntos.
El Factor Calificación se determinará según la lista en que resultó ubicado el funcionario/a, correspondiendo 100 puntos a la Lista 1; 65 puntos la Lista 2; 35 puntos la Lista 3 y puntos la Lista 4. Así también, los postulantes que, en el desempeño de sus funciones, no hubieren sido calificados, se le considerará el puntaje correspondiente a su última calificación. Quienes carezcan de
El Departamento de Salud de Cabildo ponderará cada factor, de la siguiente forma: Experiencia 50%
Calificaciones 30%
Capacitación 20%
9. LISTADO DE POSTULACIONES Y RESOLUCIÓN.
En base al puntaje asignado a cada postulante, dentro del plazo de veinte días hábiles de iniciada la etapa de evaluación, la comisión elaborará un listado en que ordenará las postulaciones, de conformidad al puntaje obtenido, en forma decreciente.
En caso de producirse empates en el puntaje obtenido en el respectivo concurso interno, se dirimirá conforme a los siguientes criterios, en el siguiente orden de prelación:
a) Se seleccionará a los/las funcionarios/as que estén desempeñando las funciones del cargo que postulan.
b) Se seleccionará a los/las funcionarios/as que tengan una mayor antigüedad en la dotación de atención primaria de salud de la comuna.
c) Se seleccionará al/a la funcionario/a que posea la mayor antigüedad en atención primaria de salud municipal.
El Departamento de Salud Municipal de Cabildo dictará dentro de los 5 días hábiles siguientes a la elaboración del listado según puntaje obtenido en la evaluación, un acto administrativo que contendrá el listado definitivo de los postulantes y sus puntajes finales, incluyendo los seleccionados para ser contratados de forma indefinida, entre otras materias asociadas al concurso, cuyo extracto deberá ser publicado conforme lo dispuesto en el artículo 4 del presente reglamento.
10. INCORPORACIÓN INDEFINIDA A LA DOTACIÓN MUNICIPAL
Los/las funcionarios/as seleccionados, de acuerdo con el puntaje obtenido, pasarán a integrar la dotación municipal de forma indefinida, de conformidad a lo que se señala en el presente Título.
Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso final del artículo 18 del D.S. N 5 del 2021 del MINSAL, el Departamento de Salud Municipal De Cabildo, notificará a cada funcionario/a, por medio del correo electrónico señalado en su postulación, y dentro de los 3 días hábiles siguientes a la emisión del acto que aprueba el listado definitivo de los postulantes y sus puntajes, el resultado de su postulación, y del hecho de haber sido seleccionado para ser contratado de forma indefinida o no.
En caso de haber sido seleccionado, el/la funcionario/a deberá manifestar por escrito su aceptación o rechazo a la contratación indefinida, en un plazo no superior a cinco días hábiles contado desde la recepción del correo electrónico a que se refiere el inciso anterior. Vencido el plazo, sin dar a conocer formalmente su decisión, se entenderá que el/la funcionario/a ha rechazado la contratación.
El o los actos que dispongan las contrataciones indefinidas deberán ser dictados por el Alcalde, en un plazo no superior a tres días hábiles posteriores a la aceptación de los funcionarios/as.